Estimado/a accionista:
De conformidad con las directrices de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) sobre comisiones por rentabilidad en el OICVM y determinados tipos de FIA publicadas el 3 de abril de 2020 (las «Directrices de la AEVM»), el consejo de administración de la Sociedad le informa de que el folleto de la Sociedad (el «Folleto») se ha actualizado para incluir los requisitos de las Directrices de la AEVM.
Se han añadido las siguientes aclaraciones a la descripción de la comisión por rentabilidad que se recoge actualmente en el Folleto.
«El período de referencia de la rentabilidad equivale a la vigencia de la clase correspondiente, que va desde el primer día de negociación de enero hasta el último día de negociación de diciembre de cada año natural.
Frecuencia de muestreo:
La comisión por rentabilidad se cobra en beneficio del Gestor de inversiones dentro de los diez días hábiles siguientes al último día hábil de cada año natural. El período de referencia del fondo no podrá ser inferior a un año en ningún caso, salvo que el fondo se liquide antes de que finalice un año natural
Método de cálculo de la comisión por rentabilidad:
- Durante el período de referencia: - Si el valor activo neto del subfondo es mayor que el valor activo neto de referencia, la parte variable de las comisiones por rentabilidad representará el 15 % de la rentabilidad del valor activo neto por acción para [las clases definidas para el subfondo correspondiente en el folleto actual].
- La comisión por rentabilidad se calculará descontando todos los costes. - Esta diferencia será objeto de una provisión para comisiones por rentabilidad al calcular el valor activo neto
- En caso de reembolso, el Gestor de Inversiones adquiere definitivamente la parte de la provisión correspondiente a las participaciones reembolsadas.